¿Cómo puedo renovar el carnet de conducir sin ir a la DGT?

¿Se te ha pasado la fecha de caducidad del carnet de conducir? Con los ritmos acelerados, la falta de tiempo y la pesadez que conlleva tener que ir a la DGT, a más de uno se le ha pasado la fecha de caducidad de su carnet en alguna ocasión. Hoy, el proceso puede ser más sencillo, te contamos cómo renovar tu carnet de conducir sin ir a la DGT.

Los permisos de conducir españoles tienen una fecha de validez, después de la cual no puedes conducir legalmente. Por ello, y con el fin de agilizar el proceso de renovación, la Dirección General de Tráfico pone a tu disposición la renovación tanto presencial como telemática, para que el proceso sea más sencillo y se adapte a cada uno.

Plazo de prórroga para la renovación del carnet de conducir

Es importante recordar la validez de los permisos de conducir. Una vez que esta fecha se cumple, no puedes conducir legalmente. Para ello, la solicitud de prórroga o renovación puede enviarse hasta con tres meses de antelación. Lo único que tendrás que hacer es superar el reconocimiento médico, siempre y cuando, no hayas perdido la vigencia del carnet por haber perdido todos los puntos. En este caso, te ayudamos a recuperarlos.

La vigencia del permiso de conducir está condicionada a los puntos de los que este disponga, ya que en el caso de haberlos perdido todos, no podrá renovarlo. También está sujeta a que mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento. Es decir, si el titular tiene una enfermedad, la duración de la vigencia es más corta, o cuando el titular presenta medidas cautelares acordadas por un juez, la vigencia se recorta o se suspende la licencia.

El periodo de vigencia del permiso de conducción es de 10 años, por lo que la prórroga se renueva cada 10 años. Una vez llegados los 65 años, el permiso se renueva cada 5 años. Estas prórrogas pueden modificarse por motivos médicos, de manera que los plazos pueden ser inferiores a lo establecido y por lo tanto, el precio de las tasas serán inferiores.

Cabe recordar que el carnet de conducir se puede renovar hasta tres meses antes, no obstante, se le respetará la fecha de caducidad en el nuevo permiso, no la del día que renueve. De esta manera, no perderás días de validez, ya que la prórroga se realiza a partir de la fecha de expiración.

Documentación renovar carnet de conducir

Para llevar a cabo la renovación del carnet hay que acudir con cita previa a un Centro de Reconocimiento, a las oficinas de la DGT o realizar el trámite online, teniendo en cuenta que, en estas dos últimas opciones, deberás aportar el informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento.

Cómo renovar el carnet de conducir en un Centro de Reconocimiento

Acudir a un centro de reconocimiento médico es la forma más cómoda de renovar el carnet de conducir, ya que será el centro quien realice todas las gestiones telemáticamente. Pero, ¿qué necesitarás para llevar a cabo la renovación del carnet de conducir? Te detallamos qué necesitarás:

En primer lugar, tendrás que acreditar tanto tu identidad como tu residencia, mediante el DNI. Asegúrate de que este no esté caducado. En caso de ser extranjero, deberás aportar alguno de los siguientes documentos: autorización de residencia, documento de identidad de tu país, pasaporte junto con el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios o la autorización de residencia para extranjeros no comunitarios.

A continuación, te harán una exploración médica. Este test psicofísico determina tus capacidades para la renovación del carnet de conducir. Después, te sacarán una foto y tendrás que:

  1. Pagar la tasa de tráfico.
  2. Firmar la solicitud de prórroga del carnet de conducir.
  3. Pagar el reconocimiento médico y las gestiones realizadas por el centro. 

Finalmente, el centro enviará todos los datos y el Informe de Aptitud Psicofísica telemáticamente a Tráfico. Y podrás conducir mediante una autorización provisional, cuyo plazo de validez es de 90 días. 

Cómo renovar el carnet de conducir en la DGT

Para realizar la renovación en la Jefatura Provincial de Tráfico, recuerda que debes pedir cita previa. Te avisamos que los tiempos de espera suelen demorarse. Una vez que tengas la cita reservada, ya puedes preparar la documentación:

En primer lugar, debes cumplimentar el impreso de solicitud de renovación. Este impreso lo podrás encontrar en la Jefatura de Tráfico así como en la página web de la DGT. Éste irá acompañado de la tasa de tráfico correspondiente.

A continuación, deberás presentar el informe de aptitud psicofísica obtenido en un centro de reconocimiento. Al igual que en el centro de reconocimiento, deberás acreditar tu identidad mediante el DNI, el pasaporte o la tarjeta de residencia correspondiente. Y por último, entregar una fotografía actualizada en color. 

Finalmente, te darán el carnet de conducir provisional con una validez de 90 días.

Cómo renovar el carnet de conducir telemáticamente

Si no tienes tiempo para renovar el carnet por ninguna de las vías habituales, te explicamos los pasos a seguir para poder hacerlo de forma telemática:

  1. Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente
  2. Rellena los datos de la solicitud en el Registro Electrónico. En este deberás cumplimentar datos cómo qué Jefatura de Tráfico te corresponde como “organismo destinatario”, el asunto: renovación permiso de conducir, datos identificativos, 
  3. Adjunta el impreso oficial de solicitud de renovación del permiso relleno.
  4. Adjunta el informe de aptitud psicofísica expedido por un centro de reconocimiento. 
  5. El número de tasa correspondiente y el resguardo del pago
  6. Registra la solicitud y conserva el justificante

Para poder finalizar el trámite sí que hay que ir a las oficinas de la DGT. Cuando recibas la solicitud, te citarán en tu Jefatura de Tráfico para entregar una fotografía original actual a color tras lo que te entregarán en mano tu permiso temporal.

Tasas renovación carnet de conducir

Generalmente, tal y como hemos explicado a lo largo de este artículo, las prórrogas o renovaciones del carnet de conducir se llevan a cabo cada 10 años. Una vez llegamos a los 65 años, el tiempo de prórroga se reduce a 5 años. En ambos casos, se paga la tasa normal que asciende a 24,34 €.

Si por razones médicas la prórroga es por un plazo inferior al establecido, los precios de las tasas serán los siguientes:

  • Hasta 4 años: La tasa 4.3.4 de 19,47 euros.
  • Hasta 3 años: La tasa 4.3.3 de 16,60 euros.
  • Hasta 2 años: La tasa 4.3.2 de 9,74 euros.
  • Hasta 1 año: La tasa 4.3.1 de 4,87 euros.

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